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Del régimen de garantías para el socio, deben destacarse los aspectos siguientes: A) La Cooperativa desarrolla una única promoción. B) Disposición de recursos mancomunada entre el Consejo Rector y la Gestora, con supervisión e intervención de la aseguradora ASEFA, y de La CAIXA como entidad concedente de los préstamos hipotecarios. C) Aval de cantidades aportadas a cuenta por los cooperativistas. D) Auditoría, y posterior depósito en el Registro de Cooperativas, de las cuentas de cada ejercicio. E) Seguros de Responsabilidad Civil, Todo Riesgo Construcción, y Decenal de daños. F) Aval de la empresa constructora para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones. G) Se ha garantizado y asegurado contractualmente que cada socio exclusivamente tendrá que hacer frente a los departamentos que adquiera. En ningún caso los cooperativistas van a tener que llevar a cabo aportaciones, temporales o definitivas, a cuenta del valor de otros elementos. H) En cualquier momento un cooperativista podrá obtener la baja voluntaria en la Cooperativa. Conforme a los Estatutos, y a los acuerdos adoptados en Asamblea, la baja será efectiva, y se devolverán al socio las cantidades aportadas, una vez que un nuevo titular quede subrogado en su posición jurídica ante la Cooperativa.
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